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El proyecto de ley Fortalecimiento al Control Tributario

Por Johnny Sánchez
Especial para Mi Tierra News

En República Dominicana se estudia que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) pueda cobrar las deudas de las empresas a los socios y/o compañías hermanas, y eso es un tema que se debate hace tiempo.

Para hacerlo se necesita una reforma al Código de Normas y Procedimientos Tributarios para fortalecer el control tributario por medio de un proyecto que cocina un legislador.

El anteproyecto busca modificar o introducir normas que regulen cómo se deben cumplir con los impuestos, así como los procedimientos y funciones públicas necesarias para su aplicación.

Nuestro Código Tributario nació en los años 1980, y es la guía de controles y acciones que puede implementar DGII en su gestión de vigilancia y cobro de los impuestos.

Con este proyecto se quiere fortalecer el control tributario y simplificar otros procesos como el cobro de los impuestos. Se introducen aspectos delicados como ampliación de la figura de responsabilidad tributaria con lo que se busca por ejemplo que los socios de las compañías respondan por sus deudas.

El proyecto se enfoca en cuatro áreas principales:

Régimen de responsabilidad tributaria: Se propone ampliar el régimen de responsabilidad tributaria, con los conceptos de responsabilidad solidaria y de responsabilidad subsidiaria para que el DGII pueda cobrar deudas a terceros responsables, como socios de una empresa o miembros de un conjunto económico.

Fortalecimiento de las potestades administrativas y simplificación de los procedimientos de control tributario: Se busca fortalecer las facultades de la Administración Tributaria para ejercer el control tributario y simplificar los procedimientos. Esto incluye ajustes en las normas de prescripción, inspección de locales, secuestro de documentos y levantamiento del velo societario en casos de presunto fraude fiscal.

Por ejemplo, usted tiene que estar preparado para enfrentar una inspección o visita de la Administración Tributaria y saber que, en caso de negarse a brindar información, la entidad puede solicitar una orden judicial para concretar la inspección. Es importante colaborar y contar información que logre soportar nuestras declaraciones de Impuestos previas, la cual deberá aportarse, de lo contrario podrían solicitar el secuestro de los documentos.

Modificación al régimen administrativo sancionador: Se propone modificar ciertos tipos de sanciones administrativas para que sean aplicables de manera efectiva y tengan un efecto disuasorio en los incumplidores. Esto incluye sanciones por resistencia a las actuaciones de control tributario e incumplimiento en el suministro de información.

Por ejemplo, si se resiste a las actuaciones de control de la Administración, no aportando información o no compareciendo a una audiencia programada, se establecen multas que van de dos a tres salarios base y para conductas graves de resistencia se establece sanción del 2% de los ingresos brutos del período anterior.

Procedimiento de cobro ejecutivo de deudas tributarias: Se plantea una modificación a procesos de arreglos de pago, para que no estén limitados al tipo de impuesto que se adeude.

Sobre este punto, resulta importante mencionar que la naturaleza del proceso de cobro será ejecutivo y que se lleva a cabo en sede administrativa. En cuanto al arreglo de pago, debe saber que es posible la dación en pago: entregar un bien a la Administración Tributaria para saldar total o parcialmente una deuda tributaria.

El proyecto de Ley de Fortalecimiento del Control Tributario podría reformar y adicionar artículos que establecen las nuevas reglas de la responsabilidad solidaria e incluye una nueva responsabilidad de carácter subsidiario. Si la propuesta obtiene el aval de los diputados, el fisco podrá cobrar solidariamente las deudas de la empresa a los socios. Empezamos el debate.

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